Brevi Contributi Teologici per l’Assemblea sinodale 2023

3. El obispo en una Iglesia sinodal

DOWNLOAD IN PDF

3. El obispo en una Iglesia sinodal


Documentos informativos de teología para el sínodo 2023

Jos Moons & Robert Alvarez (KU Leuven)


Resumen

La atención al obispo en los documentos oficiales ha aumentado. El Vademécum habla principalmente del papel del obispo en la organización del sínodo 2021-2024 (en § 4.2). En el Instrumentum Laboris, el obispo es en sí mismo un tema de reflexión, especialmente en la hoja de trabajo 2.5, “¿Cómo renovar y promover el ministerio del obispo en una perspectiva sinodal misionera?”. El obispo también desempeña un papel en las hojas de trabajo 2.4 (sobre el ministerio ordenado en relación con los ministerios bautismales), 3.1 (sobre el servicio de la autoridad), 3.4 (sobre las estructuras para la sinodalidad) y 3.5 (sobre la reforma del sínodo de los obispos).

Podría decirse que el obispo es el tema principal de la literatura académica sobre la sinodalidad, con más de 180 documentos (de un total de 651) en los que aparecen 50 referencias o más al término “obispo” o “episcopal”. Muchos académicos señalan que la recepción magisterial del Vaticano II se ha centrado en la autoridad del obispo y en la autoridad del papa, con considerables dudas a la hora de reconocer niveles intermedios de colaboración, como la conferencia episcopal. También señalan que la recepción magisterial ha tendido a centrarse en la figura del obispo sin tener en cuenta a los fieles con los que conforma el pueblo de Dios y por los que tiene una responsabilidad pastoral. Finalmente, muchos señalan que el papa Francisco ha marcado un cambio en este sentido. Un par de académicos hace varias propuestas de renovación que promueven la colaboración local entre los obispos e implicando a los laicos.

Análisis detallado

Estadísticas

  • Una búsqueda de palabras en torno al sustantivo “obispo” y al adjetivo “episcopal” arroja 28.600 resultados en el 97% de los documentos (634 de 651). Más de 180 documentos tienen 50 referencias o más a estos términos. Solo 18 documentos no tienen ninguna referencia. Esto hace que el obispo sea un tema importante en la literatura académica, y también el tema principal de estos Documentos informativos.
  • Los títulos de las contribuciones dan una impresión similar. Un gran número de ellas menciona en sus títulos las palabras “obispo”, “colegialidad”, “magisterio”, “sínodo de los obispos”, etc.

1) La evolución de la doctrina magisterial sobre el obispo

  • Las panorámicas más completas de la enseñanza magisterial las ofrecen Legrand (2017) y Madrigal. Schüller ofrece una sucinta visión general de las diversas relaciones entre papa y obispo según los documentos de la Iglesia. Vitali explica con gran detalle Lumen gentium, capítulos 2 y 3 (Vitali 2016), y Legrand 2021 enumera varios elementos en el capítulo 3 que sugieren una eclesiología no universalista de una comunión de Iglesias.
  • Muchos autores critican la tendencia centralista y universalista de la enseñanza magisterial, así como la tendencia a pensar en el obispo sin su pueblo (Brighenti, Legrand, Madrigal, Noceti, Rahner, Schüller y muchos otros).
  • Casi todos los autores señalan la renovación que el papa Francisco ha iniciado en Evangelii gaudium, así como en otras declaraciones, y también con su manera de organizar los sínodos y el sínodo 2021-2024. Con una mayor valoración del pueblo de Dios, del sensus fidelium y de la Iglesia local, Francisco se distancia de una interpretación magisterial centralista, universalista y centrada en los obispos del capítulo III de Lumen gentium.
  • La experiencia católica oriental y ortodoxa apunta en una dirección similar. Denysenko señala que “el rito [ortodoxo] de la ordenación de un obispo muestra que el ministerio del primado se ejerce siempre en diálogo con los demás obispos (el sínodo) y los laicos (colegialidad eclesial)” y Kaptijn elabora puntos de vista similares basándose en el código de derecho canónico de las Iglesias orientales (CCEO). Véase también el Documento informativo sobre liturgia.
  • Szabó da varias razones por las que la enseñanza magisterial y el derecho canónico pueden cambiar. En primer lugar, no todas las normas se basan directamente en la revelación. Además, el código de derecho canónico de las Iglesias orientales sugiere otras formas posibles de hacer las cosas. Por último, el derecho canónico debe facilitar la salvación en la medida de lo posible, incluso en nuevos contextos. Szabó hace 8 propuestas concretas de cambios (véase más abajo). Véase también el Documento informativo sobre derecho canónico.
  • Otras voces son más moderadas. Por ejemplo, Graulich muestra que el periodo posconciliar ha sido una época de renovación constante y que el papa Francisco destaca aspectos que otros papas también mencionaron. Vitali se centra no en nuevas reglas, sino en un nuevo proceso dinámico “circular” en tres fases: a) escucha del pueblo de Dios, b) discernimiento (especialmente por parte de los pastores) y c) puesta en práctica mediante la toma de decisiones jerárquicas y la recepción por parte de los fieles (Vitali, ambos). Luciani introduce un concepto similar, a saber, restitutio. (Véase el Documento informativo sobre participación.)

2) El obispo diocesano

  • Legrand deplora fuertemente que se defina al obispo como alguien que “es constituido miembro del cuerpo episcopal en virtud de la consagración sacramental y por la comunión jerárquica con la cabeza y con los miembros del colegio” (Lumen gentium 22) sin considerar su pertenencia a una comunidad. Del mismo modo, Noceti critica duramente la interpretación posconciliar del in persona Christi por centrarse en el vínculo entre Cristo y el ministro ordenado sin considerar la comunidad, el “nosotros eclesial”. Como consecuencia, las reflexiones sobre el obispo se centran más en el poder que en la comunión (Brighenti), prestando poca atención a la potenciación de la Iglesia diocesana local, al fortalecimiento de las Iglesias regionales (por ejemplo, mediante las conferencias episcopales) y a la reimaginación de la curia (Legrand).
  • En la misma línea, los autores destacan la “inversión de la pirámide” (Rush) y el “pulsar el botón de reinicio” (Wijlens) del papa Francisco al situar al obispo en el contexto del pueblo de Dios y su sensus fidelium. El obispo es, ante todo, un fiel, con la misma dignidad que los demás miembros del pueblo de Dios, y solo después un obispo. Por tanto, también él puede aprender del sentido de la fe de los fieles, tanto como enseñarles. (Véase también el Documento informativo sobre participación.)
  • Legrand hace las siguientes sugerencias concretas para promover una práctica del obispo en contacto con el pueblo:
    • Consultar a los laicos para nombrar a los obispos, y elaborar un ritual para la recepción por parte del pueblo del obispo recién ordenado (Legrand, véase también Denysenko).
    • Llamar a cada diócesis “Iglesia local” en lugar de “Iglesia particular”, ya que esto último tiende a promover el universalismo (Legrand).
    • Promover los sínodos diocesanos, los órganos consultivos (como el consejo pastoral diocesano) y las estructuras de rendición de cuentas del obispo (Legrand).
    • Repensar el estatuto teológico y práctico y el funcionamiento de los obispos auxiliares y eméritos, que no tienen a su cargo una Iglesia local; la cuestión es pertinente, ya que afecta al 48% de los obispos (Legrand, véase también Szabó, Wijlens).

3) La conferencia episcopal y otros niveles intermedios

  • La práctica de los obispos de ejercer juntos su deber pastoral en circunstancias y territorios específicos puede apoyarse con referencias al Vaticano II (especialmente Lumen gentium 23 y 26; Christus Dominus 36-38). Sin embargo, algunos autores critican el tratamiento funcional y pragmático del magisterio posconciliar de la conferencia episcopal como un instrumento pastoral útil (con un poder docente limitado), sin una elaboración sólida de su estatuto teológico y su funcionamiento canónico (Brighenti, Madrigal, Rahner, Scerri). Especialmente Rahner critica el débil estatus de la conferencia porque la “colegialidad horizontal” efectiva (y no meramente afectiva) forma una parte crucial de la communio (véase también Brighenti); Scerri recurre a la historia para dar ejemplos de agrupaciones de Iglesias que contribuyen a la enseñanza magisterial.
  • El papa Francisco parece estar promoviendo el papel de la Iglesia local (es decir, las conferencias episcopales) como instancias intermedias de colegialidad. En sus escritos cita las conferencias episcopales con mucha más frecuencia que sus predecesores (Scerri) y ha añadido una etapa continental al sínodo 2021-2024 (Scerri). Las nociones fundamentales son las siguientes: descentralizar en favor de la Iglesia local; inculturación; destacar que un obispo está relacionado con su pueblo, de modo que colegialidad y sinodalidad se funden (Madrigal, Schüller, Wijlens). Schüller comenta que una mayor colaboración y autonomía requeriría un “cambio de mentalidad” entre los obispos.
  • Especialmente Szabó hace propuestas concretas “para la renovación de las instituciones sinodales interdiocesanas/regionales con el fin de lograr una actividad sinodal más amplia en la Iglesia latina, más abierta a la participación de los laicos”. Estas se basan en una noción sacramental (y no exclusivamente institucional) del obispo. Añade que, sin embargo, puede ser más fácil conseguirlas reactivando determinados sínodos que revisando las conferencias episcopales.
    • Revisar el papel de los obispos titulares, que no tienen a su cargo una diócesis, para promover la relación del obispo con los fieles (en la jerga: la communio episcoporum y la communio ecclesiarum). Véanse también Legrand y Wijlens.
    • Desarrollar la idea de la responsabilidad del obispo más allá de su propia diócesis (véase también Legrand).
    • Otorgar un poder legislativo general a las conferencias episcopales, como tienen los sínodos episcopales orientales, para promover y facilitar la inculturación (véase también Schüller).
    • Reducir la exigencia de mayoría de dos tercios a mayoría absoluta simple en caso de cuestiones puramente disciplinarias. Rahner sugiere revisar el requisito, poco realista, del consenso absoluto.
    • Sustituir el requisito de una recognitio romana por algo más ligero y dialogante (también Schüller).
    • Añadir dos reglas que estipulen tanto la voluntad de un obispo de seguir a la conferencia (lo que salvaguarda la communio) como la modestia de la conferencia a la hora de definir reglas vinculantes (lo que salvaguarda la autonomía). Véase también la crítica de Rahner a la concentración en “la autonomía exclusiva de cada obispo”.
    • Otorgar autoridad docente a las conferencias episcopales –preferiblemente sobre la base del consenso– para promover y facilitar la inculturación, como han hecho los sínodos episcopales orientales.
    • Diseñar órganos consultivos con laicos, según el ejemplo de la Iglesia católica oriental (cf. Kaptijn).

4) El sínodo de los obispos y el papa

  • El sínodo de los obispos, en su forma actual, es un órgano consultivo del papa y no una instancia de colegialidad. Las razones de este vacío son varias, pero incluyen el hecho de que no todo el colegio episcopal está representado, así como el que los no obispos también pueden ser invitados; de ahí su carácter consultivo más que decisorio (Borras, Graulich, Schüller, Vitali). Aun así, es “ya un correctivo de la centralización romana” (Borras).
  • El papa Francisco ha hecho mayor hincapié en la participación de los laicos en el sínodo y en la necesidad de escucharles. La mayoría de los autores lo consideran revolucionario; Graulich recuerda que el funcionamiento concreto ha sufrido varios cambios y que otros papas también han hablado del papel de los laicos, por lo que sugiere que se trata más bien de una evolución, no de una revolución.
  • En cuanto a la evolución futura, Schüller propone un par de medidas jurídicas, como la celebración de sínodos cada tres años, una mayor participación en la elección y elaboración del tema, y más espacio para la libertad de debate. Vitali parece optar por algo más espiritual, señalando que el énfasis en la escucha convierte el sínodo de los obispos en un proceso circular y dinámico más que en un acontecimiento (Vitali 2022; véase más arriba).

Materiales: principales lecturas recomendadas

Brighenti, Agenor, “Sinodalidad eclesial y colegialidad episcopal. El referente del estatuto teológico de las conferencias episcopales”, en La sinodalidad en la vida de la Iglesia: reflexiones para contribuir a la reforma eclesial, editado por Rafael Luciani y María del Pilar Silveira (Madrid: San Pablo, 2020), 95-113.

Borras, Alphonse, “Le synode des évêques : Quelques réflexions cinquante-trois ans après sa création”, Nouvelle Revue Théologique 140 (2018): 374-387.

Denysenko, Nicholas E., “Primacy, Synodality, and Collegiality in Orthodoxy: a Liturgical Model”, Journal of Ecumenical Studies 48 (2013): 20-44.

Graulich, Markus, “Die Bischofssynode – Experimentierfeld und Beispiel der Synodalität”, en Synodalität in der katholischen Kirche: Die Studie der Internationalen Theologischen Kommission im Diskurs, editado por Markus Graulich y Johanna Rahner (Freiburg im Breisgrau: Herder, 2020), 243-273.

Kaptijn, Astrid, “Exercising Teaching Authority in the Eastern Catholic Patriarchal Churches”, Studia Canonica. Revue canadienne de droit canonique 53 (2019): 233-263.

Legrand, Hervé, “Communio Ecclesiae, communio Ecclesiarum, collegium episcoporum”, en La reforma y las reformas en la Iglesia, editado por Antonio Spadaro y Carlos M. Galli (Santander: Sal Terrae, 2016), 175-207.

———, “Communio Ecclesiae, communio Ecclesiarum, collegium episcoporum”, en For a Missionary Reform of the Church: the Civiltà Cattolica Seminar, editado por Antonio Spadaro y Carlos M. Galli (Mahwah, NJ: Paulist Press, 2017), 159-195.

———, “Le rôle des évêques dans la synodalité de l’Église”, Centro Pro Unione Semi-Annual Bulletin 100 (2021): 56-67.

Madrigal, Santiago, “La «relevancia eclesiológica» de las conferencias episcopales en una Iglesia sinodal”, en La sinodalidad en la vida de la Iglesia: reflexiones para contribuir a la reforma eclesial, editado por Rafael Luciani y María del Pilar Silveira (Madrid: San Pablo, 2020), 145-183.

Noceti, Serena, “In Persona Christi: Limits and Potential of an Espressione abusata”, Studia Canonica. Revue canadienne de droit canonique 56 (2022): 441-470.

———, “Ministerio y potestas. Una reflexión teológica sobre el ministerio ordenado y el poder en los documentos del Concilio Vaticano II”, Seminarios sobre los ministerios en la Iglesia 67 (2022): 179-204.

Rahner, Johanna, “Der Geist weht wo er will?: Von Kollegialität, Synodalität und Subsidiarität zwischen Bischof und Bischofskonferenz”, en Die Lehrkompetenz der Bischofskonferenz, editado por Thomas Schüller y Michael Seewald (Regensburg: Friedrich Pustet, 2020), 115-142.

Rush, Ormond, “Inverting the Pyramid: The Sensus Fidelium in a Synodal Church”, Theological Studies 78 (2017): 299-325.

Scerri, Hector, “The Status of Episcopal Conferences and a Re-discovered Ecclesial Orthopraxis: Vibrant Echoes of the Local Churches in the Magisterium”, ET Studies 8 (2017): 309-333.

Schüller, Thomas, “Papst und Bischöfe in gemeinsamer und eigener Verantwortung: Papst Franziskus und seine Anstöße für eine Stärkung des bischöflichen Amtes aus kirchenrechtlicher Perspektive am Beispiel der Bischofskonferenzen und Bischofssynode”, ET Studies 8 (2017): 271-288.

Szabó, Péter, “Episcopal Conferences, Particular Councils, and the Renewal of Interdiocesan ‘Deliberative Synodality’”, Studia Canonica. Revue canadienne de droit canonique 53 (2019): 265-296.

Vitali, Dario, “El sínodo de los obispos al servicio de la Iglesia sinodal: los sujetos de la sinodalidad a la luz de la eclesiología del Vaticano II”, Mater Clementissima. Revista de Ciencias Eclesiásticas 1 (2016): 7-57.

———, “El sínodo de los obispos. Un paso adelante”, en Sinodalidad y reforma. Un desafío eclesial, editado por Rafael Luciani, Serena Noceti y Carlos Schickendantz (Madrid: PPC, 2022), 493-521.

Wijlens, Myriam, “Representation and Witnessing in Synodal Structures. Rethinking the Munus Docendi of Episcopal Conferences in Light of Communio Fidelium, Communio Ecclesiarum and Communio Episcoporum”, Studia Canonica. Revue canadienne de droit canonique 53 (2019): 75-105.

———, “‘The Church of God is Convoked in Synod’: Theological and Canonical Challenges Concerning the 2021-2023 Synod”, Centro Pro Unione Semi-Annual Bulletin 100 (2021): 86-106.

———, “‚Die Kirche Gottes ist zu einer Synode einberufen‘. Theologische und kirchenrechtliche Herausforderungen zur Synode 2021–2023”, en Synodalisierung. Eine Zerreißprobe für die katholische Weltkirche?, editado por Paul Zulehner y otros (Ostfildern: Grünewald, 2022), 433-461.

———, “« L’Église de Dieu est convoquée en synode ». Les défis théologiques et canoniques du Synode 2021-2023”, Studia Canonica. Revue canadienne de droit canonique 56 (2022): 5-39.

———, “«La Iglesia de Dios es convocada en sínodo». Desafíos teológicos y canónicos con relación al sínodo 2021-2023”, en Sinodalidad y reforma. Un desafío eclesial, editado por Rafael Luciani y otros (Madrid: PPC, 2022), 35-77.

Referencias en italiano

Hervé Legrand, “Communio Ecclesiae, communio Ecclesiarum, collegium episcoporum,” en La riforma e le riforme nella Chiesa, editado por Antonio Spadaro y Carlos M. Galli (Brescia: Queriniana, 2016), 159-188.

Dario Vitali, “La circolarità tra sensus fidei e magisterio come criterio per l’esercizio della sinodalità nella Chiesa”, en La reforma e le riforme, editado por Antonio Spadaro y Carlos M. Galli (Brescia: Queriniana, 2016), 196-217.

Myriam Wijlens, “‘La chiesa di Dio è convocata in sinodo’. Sfide teologiche e canoniche sul sinodo 2021-2023”, en Sinodalità e riforma: una sfida ecclesiale, editado por Rafael Luciani y otros (Brescia: Queriniana, 2022), 29-61. 

Generated by Feedzy